La SCJN confirmó la constitucionalidad del mecanismo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado para elegir a la persona titular de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, otorgando certeza jurídica al proceso.
Chetumal, Quintana Roo.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la acción de inconstitucionalidad 99/2025 y su acumulada 100/2025, mediante la cual declaró constitucional el procedimiento establecido en el artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Quintana Roo para la elección de la persona que presidirá el Tribunal Superior de Justicia.
La resolución fue aprobada conforme al proyecto presentado, con algunas diferencias de criterio en apartados específicos. En lo referente al procedimiento para la elección de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, el proyecto obtuvo cinco votos a favor y cuatro en contra, por lo que el artículo impugnado conserva plenamente su validez.
Congreso local tiene facultades para definir el procedimiento
Durante el análisis del caso, la Suprema Corte determinó que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no establece un mecanismo específico para elegir a la persona que preside los Tribunales Superiores de Justicia en las entidades federativas.
Por ello, concluyó que corresponde a los congresos estatales definir ese procedimiento mediante su facultad legislativa, siempre que se respeten los principios constitucionales.
Actualmente, el artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Quintana Roo establece que la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia será elegida de entre las y los magistrados que integran el Pleno, mediante voto secreto y por mayoría, durante la primera sesión celebrada en el mes de agosto del año correspondiente.
La resolución brinda certeza jurídica
Con esta determinación, la Suprema Corte confirmó la constitucionalidad del mecanismo vigente en Quintana Roo y otorgó certeza jurídica al proceso mediante el cual se elige a la persona que encabeza el máximo órgano jurisdiccional del estado.
También invalida otros mecanismos de elección
Durante la misma sesión, el Pleno de la SCJN declaró la invalidez del procedimiento previsto para la elección de las presidencias del Tribunal de Disciplina Judicial y del Órgano de Administración Judicial, al considerar que dichos mecanismos deben apegarse a las bases establecidas por la Constitución Federal.
Asimismo, invalidó la disposición transitoria de la reforma constitucional local publicada el 13 de enero de 2025, mediante la cual se prorrogaba hasta 2033 el nombramiento de dos magistraturas numerarias.
La Corte estimó que esa disposición debía armonizarse con el régimen transitorio establecido en la reforma constitucional federal en materia del Poder Judicial.
Exhortan al Congreso a armonizar la legislación
Como parte de la resolución, la Suprema Corte exhortó al Congreso del Estado de Quintana Roo a realizar las adecuaciones legislativas necesarias para armonizar el marco jurídico estatal con la Constitución Federal y garantizar el adecuado funcionamiento del Poder Judicial.
Con esta decisión, la SCJN ratifica la validez del procedimiento para elegir a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Quintana Roo, al tiempo que fija criterios para continuar con la actualización del marco normativo judicial del estado.


