La nueva regulación, aprobada por unanimidad en el Pleno de la CRT el 26 de agosto de 2026, es de observancia estrictamente obligatoria para todas las Concesionarias de Televisión Abierta y Radio, las Concesionarias…
En 30 segundos
- Pero para concesionarias de uso social comunitario, indígena y afromexicano las obligaciones entrarán en vigor hasta en 180 días hábiles, es decir febrero de 2027
- omitir el nombramiento de un Defensor de las Audiencias , o no emitir e inscribir los Códigos de Ética correspondientes
- multas que oscilan entre el 0.01% y el 1% de los ingresos acumulables del concesionario o programador
¿Qué ocurrió?
La nueva regulación, aprobada por unanimidad en el Pleno de la CRT el 26 de agosto de 2026, es de observancia estrictamente obligatoria para todas las Concesionarias de Televisión Abierta y Radio, las Concesionarias de Televisión y Audio de Paga, así como para las empresas Programadoras. Las reglas tendrán vigencia a partir del 27 de septiembre próximo (30 días naturales después de su promulgación ), y se dio además un plazo de 30 días hábiles posteriores para que los concesionarios de radio y televisión, que son los sujetos obligados por los Lineamientos, registren formalmente ante la autoridad reguladora sus Códigos de Ética y nombren a sus Defensores de las Audiencias. Pero para concesionarias de uso social comunitario, indígena y afromexicano las obligaciones entrarán en vigor hasta en 180 días hábiles, es decir febrero de 2027.
Así quedaron las sanciones Los motivos de sanción directa contemplados en las reglas incluyen no poner a disposición de las audiencias los mecanismos obligatorios de defensa del derecho de audiencia,
¿Por qué es importante?
omitir el nombramiento de un Defensor de las Audiencias , o no emitir e inscribir los Códigos de Ética correspondientes. Quienes infrinjan estas disposiciones serán sancionados con
Contexto de la noticia
multas que oscilan entre el 0.01% y el 1% de los ingresos acumulables del concesionario o programador. Sin embargo también se indica que “se exceptuará de sanción el cumplimiento espontáneo antes de que medie una verificación o requerimiento”. Además ante cualquier incumplimiento, siempre que sea la primera infracción, ameritará únicamente una amonestación por única ocasión.
Datos clave
- Fuente: Expansión Política
- Categoría: Noticias Nacionales, Política
- Fecha: 30 de agosto de 2026
- Medio: Rotativo32
Fuente consultada: Expansión Política / Adaptación editorial: Rotativo 32
